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  Derecho  

Equidad de Genero

  • 02/04/2021
  • 2841
  • Alejandro Eguez Sanguino

El presente análisis se basa en señalar la diferencia que hay en la protección que existe actualmente ante la ley entre los hombres y las mujeres mostrando que el hombre esta mas desprotegido legalmente dentro del país

Fortalezas

  • Evitar preferencias que causen malas decisiones legales en contra de uno
  • Dar a mostrar la necesidad de protección que se necesita en los dos bandos sin necesidad de que haya preferencias
  • El engrandecimiento de la ayuda igualitaria ante un entorno legal
  • La existencia de una necesidad de un cuidado legal preciso hacia los dos sexos y sin un vacío legal notable
  • Cambiar el pensamiento de que una persona esta mejor protegido jurídicamente que otra según su sexo

Oportunidades

  • Dar una mejora a lo que es la protección legal e igualitaria
  • Concientizar a lo que es la sociedad en general sobre la poca equidad que existe y se normaliza
  • La igualdad y equidad actual es un espejismo que se muestra ante la sociedad
  • Renovación generacional
  • Libertad de crianza existente actualmente sin la intervención del estado

Debilidades

  • Poca fortaleza que se encuentra dentro de el derecho igualitario y equitativo actual
  • Falta de apoyo social en general sobre el tema de la igualdad actual
  • Poca simpatía de parte de la juventud distorsionada que existe actualmente
  • La poca capacidad de notar que existe mas de un lado dañado
  • El poco énfasis que se le da a la defensa del hombre sea legal como social

Amenazas

  • La excesiva ignorancia que se da a las estadísticas sobre los perjuicios hacia los hombres
  • Corta ayuda legal que existe hacia el hombre y excesiva protección hacia el contrario
  • La no existencia de artículos que protejan al hombre directamente
  • Poca accion social para divisar el problema en un entorno legal
  • La alta falsedad dentro de reportajes sean televisivos o de cualquier ámbito de entretenimiento
  • Excesiva protección hacia la mujer (ley 348 y 1173)
  • Poca intervención del estado para la solución de problemas de genero

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